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Una persona acusada de cometer un crimen en Puerto Rico y que abandona la jurisdicción puede ser detenida, arrestada y trasladada a la Isla para enfrentar las acusaciones en su contra, según explicó la exfiscal y abogada Mayra López Mulero.
Existen diversas maneras de proceder, dependiendo de los hechos del caso. Por ejemplo, si el delito se comete en más de una jurisdicción, será necesario determinar en cuál de ellas el acusado enfrentará las consecuencias penales, explicó López Mulero. No obstante, la vía jurídica para traer a ese presunto infractor ante la justicia es la extradición.
Según explicó la jurista, la extradición es un mecanismo mediante el cual los gobiernos estatales o nacionales, a través de acuerdos con fuerza de ley, permiten que la jurisdicción afectada por la violación de un estatuto solicite la cooperación del otro gobierno firmante. Esto se realiza para que dicho gobierno entregue a la persona acusada, una vez se haya culminado la investigación y se confirme que el infractor ya no se encuentra en el lugar donde se cometió el delito.
«Si se consuma el delito en Puerto Rico, pues sería aquí», donde enfrenta los cargos penales, dijo López Mulero.
Recientemente, ha surgido un debate público sobre el caso de una persona que presuntamente incendió varios negocios en Cabo Rojo y abandonó Puerto Rico el mismo día del supuesto acto criminal, sin que las autoridades estatales lograran arrestarla. Se alega que la mujer es residente del estado de Missouri, donde su patrono ya la suspendió de empleo debido a los actos imputados. Además, funcionarios de ese estado han solicitado intervenir con la presunta agresora.
López Mulero explicó que el país donde ocurre el delito debe realizar una investigación de los hechos, y si de esa pesquisa se descubre que el transgresor está en otra jurisdicción, se trata de dar con el paradero de esa persona, y si se localiza al sujeto se pide la asistencia del gobierno del lugar donde se encuentra ese supuesto delincuente.
«Digamos que el de Puerto Rico lo hace e informa al de Missouri. Se le dan los datos, se hace una declaración jurada, se llenan los requisitos y se pasa a la atención del Departamento de Justicia del estado en cuestión. Ahí se activan las autoridades, y cuando se confirma la identidad de la persona se apresa», indicó.
El proceso incluye la intervención de un tribunal, explicó la exfiscal. En esa etapa hay una vista ante un juez, y el detenido tiene dos opciones: o someterse a la jurisdicción o impugnar, por lo que la vista entonces se convierte en un proceso adversativo donde las autoridades deben demostrar al magistrado que tienen a la persona correcta.
«Se celebra una vista de extradición, donde el magistrado tiene que cerciorarse de todos los datos, de que la persona apresada sea la buscada. Puede haber 20 Mayra López, pero entonces se verifica el seguro social, el certificado de nacimiento, a veces las huellas dactilares», sostuvo.
Aunque hay delitos donde intervienen las autoridades federales, en casos donde hay personas fuera de la jurisdicción eso no necesariamente hace indispensable la intervención federal.
López Mulero dijo que en casos como el que se ventila de la mujer de Cabo Rojo, a base de la información divulgada y son ella tener «todos los elementos de juicios», ella entiende que el incidente no sería un caso federal sino uno estatal donde se podría manejar como un caso de extradición entre gobiernos estatales.
Respecto al caso en particular de los incendios de Cabo Rojo, la exfiscal y analista radial dijo que es un caso «desafortunado» para las autoridades locales porque la presunta agresora estaba grabada y aun así pudo irse del país sin ser detenida. «Hay un «issue» también de falta de proactividad», dijo.