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Leyes de Puerto Rico , NOTICIAS | Banca , Banca y Cooperativas , Banca, Valores y Cooperativas , Código Civil , Ejecutivo , Finanzas y Valores , José A. Vargas Vidot , Legislativo , NOTICIAS , Valores y Cooperativas
El gobernador de Puerto Rico Pedro Pierluisi convirtió en ley dos propuestas legislativas que proponían que las personas entre 18 años y 20 años puedan puedan solicitar y utilizar los servicios financieros en las cooperativas de ahorro y crédito de Puerto Rico y que puedan participar con voz y voto en las asambleas, incluyendo ser electos o designados para los cuerpos directivos.
Con la firma del gobernador, el Proyecto del Senado 174 y el Proyecto del Senado 175 , pasan a ser las Leyes 58 y 59 del 2021, respectivamente.
Como el Código Civil establece que la mayoría de edad comienza a los 21 años, la limitación impide que menores entre las edades de 18 a 20 años soliciten los servicios financieros en las cooperativas de ahorro y crédito, elegir y ser electo y participar con voz y voto en las asambleas, entre otros.
Nota de la editora: ¿quieres estar al día con lo que sucede en las cooperativas? Te invitamos a registrarte en nuestro boletín.
La Ley 58-2021 enmienda la Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004 para viabilizar que las personas jóvenes de 18 años puedan ser socias en las cooperativas.
Con esos mismos fines, la Ley 59-2021 enmienda la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002 para crear una emancipación legal especial a favor de las personas jóvenes de 18 años. De esta forma, podrán obtener los servicios de las cooperativas.
Estas enmiendas proponen que las personas que hayan cumplido 18 años sean consideradas con capacidad legal para solicitar y utilizar los servicios financieros de las cooperativas y ocupar cargos directivos.
Ambas medidas, que ahora tienen fuerza de ley, fueron presentadas mediante petición por el senador independiente José Vargas Vidot.